Fondos para la Aceleración de Programas - FAP |
El apoyo financiero directo del ONUSIDA para actividades a nivel de país se proporciona a través del Departamento de Apoyo Regional y a los Países (CRD) en forma de Fondos para la Aceleración de Programas (FAP).
El uso de esos fondos vendrá determinado por los Grupos Temáticos de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA para apoyar actividades nacionales que contribuyan a una respuesta nacional ampliada.
De acuerdo con la práctica establecida, la responsabilidad para las operaciones del Grupo Temático, incluida la gestión de los FAP, queda delegada a la Presidencia del Grupo Temático por el Coordinador Residente de las Naciones Unidas.
El objetivo de los Fondos para la Aceleración de Programas es proporcionar recursos a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas que son miembros del Grupo Temático con la finalidad de:
- apoyar enfoques estratégicos para la planificación nacional y subnacional, incluidos el análisis de la situación, el análisis de la respuesta y la formulación del plan estratégico; y
- proyectar y apoyar el inicio de actividades nuevas o innovadoras identificadas por medio del proceso de planificación estratégica o la documentación de Prácticas Óptimas en cinco áreas específicas (véase la sección Criterios de los FAP ).
Las subvenciones de los Fondos para la Aceleración de Programas están disponibles para apoyar:
- La planificación estratégica nacional, incluidas la planificación y programación a niveles descentralizados (estado, provincia, distrito);
- El diseño y desarrollo de subvenciones importantes para abordar el VIH/SIDA, incluida la elaboración de propuestas de financiación por instituciones financieras internacionales o el Fondo Mundial para Luchar contra el SIDA, la Tuberculosis y el Paludismo;
- Los procesos de planificación integrada del trabajo de las Naciones Unidas;
- Las actividades orientadas a establecer o consolidar asociaciones innovadoras;
- El apoyo al inicio de actividades innovadoras importantes, incluidas:
- actividades destinadas a asegurar la información para un Sistema de Información sobre el VIH/SIDA para una Respuesta Nacional, y a apoyar su establecimiento;
- actividades para asegurar el seguimiento y puesta en práctica de las recomendaciones de la Declaración de Compromiso adoptada en el periodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA;
- actividades para fomentar y/o aumentar la participación de las personas que viven con el VIH/SIDA en las respuestas nacionales ampliadas; y
- actividades que aborden áreas y cuestiones que son delicadas y/o están desatendidas pero son factores determinantes clave del VIH/SIDA en contextos específicos (por ej., actividades que impliquen a determinadas poblaciones o entornos, como refugiados, profesionales del sexo, consumidores de drogas intravenosas, varones que tienen relaciones sexuales con varones, cárceles).
Los FAP no pueden utilizarse para:
- Gastos de capital (compra de equipo, automóviles, ordenadores, material de oficina, mobiliario, etc.); y
- Costos ordinarios (salario del personal, alquiler de oficinas).
- En general, las actividades subvencionadas por los FAP deben formar parte de un Plan Integrado del sistema de las Naciones Unidas para apoyar la respuesta nacional al VIH/SIDA
Carta de Ottawa
INFORME 322-2002-PG2001-CARCELES SALUDABLES
INFORME 1505 - 2000 TRATO Y TRATAMIENTO
INFORME 23-20000
HIV-toolkit-Dec08
PafCarceles - Argentina 2002-2003
argentina
prisontus
LEY 10.721 HIV en carceles
Agradecimientos
El proyecto Prevención y apoyo en VIH/SIDA a personas adultas privadas de su libertad fue posible gracias a la colaboración y el apoyo de un conjunto de actores que acompañaron la implementación del proyecto.
El Grupo Temático Argentino en VIH/SIDA, integrado por las representaciones de OPS/OMS, OIT, PNUD, UNICEF, BANCO MUNDIAL, Foro de Organizaciones No gubernamentales con trabajo en VIH/SIDA de Argentina, Redes de Personas Viviendo con VIH/SIDA y Programa Nacional de Lucha contra el RH, SIDA y ETS, impulsó la iniciativa y convocó a referentes nacionales de los sectores de gobierno y sociedad civil para discutir y formular la propuesta.
Los Ministerios de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, de Gobierno, Justicia y Culto de la Provincia de Santa Fe y de Seguridad de la Provincia de Córdoba, aceptaron participar a través de sus respectivas Administraciones Penitenciarias e incorporaron a sus funcionarios a cargo de la atención del VIH/SIDA en las cárceles, en la gestión del Proyecto.
El Programa Nacional de Lucha contra el RH, SIDA y ETS, puso a disposición de la población y ejecutores, los servicios de la línea 0800 3333 444.
El trabajo de la Coordinación y consultores/as de la línea Pregunte SIDA se convirtió en un aporte de inestimable valor para monitorear las acciones del proyecto y apoyar las actividades de información y sensibilización.
Oficina de ONUSIDA en el Cono Sur
INFORME SOBRE EL PROYECTO DE PREVENCIÓN Y APOYO EN VIH/SIDA A PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD.
INTRODUCCIÓN
El virus del VIH no lleva únicamente consigo la supresión del sistema inmunológico, sino que introduce dentro de los lugares de encierro una serie de miedos, prejuicios y conflictos de difícil solución, complicando aún más la convivencia intramural.
Cualquier estrategia sanitaria que lleven a cabo autoridades gubernamentales u organismos no gubernamentales debe tener en cuenta el espacio donde debe implementarse, los elementos con que se cuenta, tanto bienes materiales como personales, y su grupo poblacional. Respecto a este último dato, debe considerarse que la mayor parte de la población carcelaria está formada por personas ya vulneradas social y económicamente, que suelen provenir de sectores en que son casi nulas las actividades de prevención y asistencia en materia de VIH/SIDA; y que se caracterizan por mantener prácticas de riesgo en forma reiterada, ya sea sexuales o abuso de drogas, sin adoptar medidas de seguridad.
Las intervenciones que realicen las entidades gubernamentales y los organismos no gubernamentales están obligadas a conciliar el derecho a la salud de la población que las integran y los derechos humanos de los detenidos, infectados o nó. (1)
ANTECEDENTES DEL PROYECTO
El grupo temático de las Naciones Unidas, ampliado, sobre el VIH/SIDA definió como prioritario destinar los fondos -cien mil dólares- del FAP para el 2002/2003 (2) a actividades a desarrollarse en lugares de encierro cuya población fueran personas adultas y personas adolescentes y jóvenes (entre 14 y 18 años).
La discusión y elaboración de los proyectos fue llevada a cabo entre personas provenientes de distintos sectores: Ministerio de Salud, (Programa Nacional de SIDA y Proyecto LUSIDA), el Ministerio de Justicia (Subsecretaría de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios), SEDRONAR, Consejo Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia, ONUSIDA, OPS, OIT, un experto integrante del Poder Judicial de amplia experiencia en la materia y un representante de una ONG específica (FUNDESO, Fundación para los Detenidos Sociales).
La duración del proyecto se fijó en doce meses.
Los lugares seleccionados donde se desarrollaron las actividades fijadas como claves, fueron la Unidad 2 de Devoto (varones), la Unidad 3 de Ezeiza (mujeres), Unidad 31 (mujeres) de Ezeiza, Complejo Penitenciario Federal n° 1 (varones), Complejo Penitenciario Federal n° 2 (varones), Complejo Jóvenes Adultos (Unidades 24, 26 y CRD Malvinas Argentinas) de Marcos Paz, y Unidad 19 (varones) de Ezeiza, todos pertenecientes al Servicio Penitenciario Federal; las unidades Bower (varones), San Martín (varones) y Buen Pastor (mujeres) correspondientes al Servicio Penitenciario Provincial de Córdoba; como también las unidades II (varones) (Las Flores, Santa Fe), III (varones) de Rosario, y Unidad V (mujeres) de Rosario, todas pertenecientes al Servicio Penitenciario de Santa Fe.
El total de la población beneficiada resultaba ser aproximadamente 10.430 (se señala aproximada por la movilidad poblacional).
En cuanto a los organismos gubernamentales y no gubernamentales seleccionados para la ejecución del proyecto fueron en Buenos Aires el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el SEDRONAR y el Ministerio de Salud Pública; en las Unidades de Córdoba la organización no gubernamental “La Luciérnaga” y el Programa Provincial de SIDA; en las unidades de la ciudad de Rosario el Centro de Estudios Avanzados de Drogadependencia y SIDA de la Universidad Nacional de Rosario, y en la ciudad de Santa Fe la ONG “CIPRESS”.
En cuanto a los objetivos específicos, resultados previstos, y actividades a desarrollarse cabe remitirse a los documentos elaborados por el grupo temático y los proyectos confeccionados por cada una de las entidades ejecutoras. (3)
CARACTERÍSTICAS DE ESTE PROYECTO
Nadie puede dudar de la importancia de haber asignado los fondos del FAP a actividades de prevención en VIH/SIDA y otras enfermedades combinadas, como tuberculosis, hepatitis, entre otras, en lugares de encierro.
Este proyecto tiene la particularidad, en primer término, que en alguna de las cárceles participen organismos gubernamentales y no gubernamentales en las actividades de prevención (Córdoba), en otras solamente organismos no gubernamentales (Rosario y Santa Fe), y en otras solamente gubernamentales como el Servicio Penitenciario Federal.
Por otra parte se exige que las instituciones seleccionadas en sus intervenciones sean respetuosas de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad y se fijó como un marco jurídico la “Convención Universal de Derechos Humanos”; “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”; “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”; “Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”; “Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”; “Convención Americana de Derechos Humanos y su Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”; las leyes n° 23798 y su decreto reglamentario 1244/91, la resolución 351/2000 de la SEDRONAR; la ley 24660 (Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad) (a la cual está adherida las Provincias de Córdoba y Santa Fe) y su normas reglamentarias; las conclusiones de la “Asociación Médica Mundial de la 29a. Asamblea celebrada en Tokio en octubre de 1975; las recomendaciones para “guiar a los médicos en la investigación biomédica en seres humanos” emanadas de la Declaración de Helsinski (1989) y sus adaptaciones, y las “Directrices sobre el VIH/SIDA y los Derechos Humanos” aprobadas por la “2a. Consulta Internacional sobre el VIH/SIDA y los Derechos Humanos”, Ginebra, del 23 al 25 de septiembre de 1993.
Se fijaron estas pautas normativas en el entendimiento de que el Derecho a la Salud, como lo ha señalado el Comité del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, está estrechamente vinculado con el ejercicio de otros derechos humanos y depende de esos derechos, en particular, en el espacio en que se ejecutó el proyecto, a la dignidad humana, a la no discriminación, a no ser sometido a un trato inhumano, a la intimidad, al acceso a la información, a la libertad de asociación, el derecho a la educación, entre otros.
En suma, a diferencia de otros proyectos se consideró que las intervenciones de los organismos gubernamentales y no gubernamentales debían sostener sus actividades de prevención respetando y garantizando esos derechos, pues el virus del VIH/SIDA no se encuentra aislado, sino alojado en un ser humano, que además está recluido.
COMITE DE SEGUIMIENTO
Otra de las singularidades de este proyecto resulta ser que se delegó el seguimiento del mismo a instituciones no gubernamentales, siendo presidido el mismo por un miembro de la Justicia Nacional.
Integraron este comité “FUNDESO” (Fundación por los detenidos sociales), y “Grupo de las Mujeres de la Argentina - FORO de VIH, Mujeres y Familia”, “El logro de volver a vivir”, con amplia experiencia en trabajo en cárceles, habiendo soportado alguno de sus miembros encierro carcelario, o sea, se creó un organismo externo al área estatal, que tuvo como misión no solamente comprobar y evaluar el efectivo cumplimiento de los objetivos fijados en los proyectos de cada una de las instituciones y los resultados informados, sino también servir de ente facilitador de los conflictos que se originaran con las instituciones penitenciarias y miembros de la población carcelaria en el transcurso de las intervenciones; claro está, siempre supervisando que las actividades desarrolladas en los ámbitos carcelarios respetaran los derechos humanos de los detenidos.
El comité operó democráticamente y se creó un reglamento de funcionamiento del mismo, el cual se acompaña como anexo.(4)
Los miembros del comité dividieron sus tareas; así, se asignó el control de los proyectos ejecutados en la Provincia de Córdoba a FUNDESO y al Doctor Martín Edgardo Vázquez Acuña; a las unidades de Rosario (Santa Fe) al Grupo de las Mujeres Argentinas; a las de la ciudad de Santa Fe al Doctor Martín E. Vázquez Acuña; y a las pertenecientes al Servicio Penitenciario Federal a todo los miembros del comité.
En cuanto a las tareas desarrolladas por el comité:
A) Verificaron las actividades desarrolladas por los organismos estatales y no estatales en unidades carcelarias en las provincias de Córdoba y Santa Fe, y en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal.
B) El comité no solamente se limitó a verificar las actividades de las instituciones seleccionadas, sino también a visitar las mismas y obtener información sobre el tipo de unidades -estructura edilicia y alojamiento-, condiciones de seguridad, actividades laborales que desarrollan los internos y las relaciones sociales que mantienen con sus familiares y/o pareja, los servicios de salud que se les brindan, los principales problemas de salud, comunicación con el exterior y a obtener otras informaciones que se consideraron necesarias. Debe destacarse que se elaboró un formulario para facilitar el plasmado de la información, que también se acompaña. (5)
C) El comité realizó talleres en materia de derechos humanos a las entidades ejecutoras; a personal del Servicio Penitenciario de las cárceles donde se desarrollaron las actividades; y en las unidades de Córdoba y Santa Fe; como así también a los detenidos en la cárcel de Las Flores (Pcia. De Santa Fe).
D) El Día Mundial del SIDA 2003(1° de diciembre) el Comité visitó las unidades de Rosario y de Santa Fe para participar en actividades en las mismas.
E) Asimismo, el comité conjuntamente con el Doctor Laurent Zessler entrevistó al Secretario de Seguridad de la Provincia de Córdoba y a otras autoridades, a quienes se los interiorizó de los programas a desarrollarse en unidades carcelarias y sus beneficios. Por otra parte, el comité tomó contacto con autoridades responsables del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Fe con el mismo objetivo.
F) El comité, juntamente con el Dr. Laurent Zessler, promovió actividades tendientes a la reforma del articulo 33 y su reglamentación, de la ley 24660, (arresto domiciliario por enfermedad terminal e incurable), habida cuenta que ya pasaron más de diez años desde que se promulgó el texto legal. Así en una primera reunión se convocó a expertos en la materia (la Dra. Laura Astarloa, al Dr. Arnaldo Casiró, al dr. Jorge Cueto, miembros del Ministerio de Justicia, y del Ministerio de Salud Pública, entre otros). En dicha reunión se distribuyó un documento con propuestas de modificación y se intercambiaron consideraciones sobre las pautas que debería fijarse para un arresto domiciliario de aquellas personas que padecen SIDA y que se encuentran recluidas en las prisiones.
G) Las actividades desarrolladas por el comité tuvieron la invalorable colaboración de la Licenciada Eleonora Sacco, quien intervino en muchas de las visitas y participó en la elaboración de los informes sobre los establecimientos y de los organismos intervinientes.
REFLEXIONES (6)
1) Se advirtió que el personal de escalafón de los servicios penitenciarios y el personal médico no solamente no participa activamente en las intervenciones de prevención, sino que genera obstáculos, salvo en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba, aunque en ésta no pudo verificarse cuál es la participación del personal, por lo que se recomienda promover la participación de los mismos, y un involucramiento mayor de las autoridades responsables.
2) Asimismo se verificó que la concurrencia de los detenidos a los talleres de capacitación y sensibilización ha sido limitada en la mayoría de los casos, según los informes presentados por las instituciones. Así tenemos, por ejemplo que en Bower solamente intervino el 19% de los jóvenes adultos, el 50% de menores adultos de la cárcel de Las Flores, y el 10 % de adultos de la misma unidad; en el sistema federal, según los informes no verificados en la Unidad 3 intervino el 23% y el 33% en la Unidad 31, por lo que se recomienda que los responsables de los proyectos conciten una mayor intervención de la personas privadas de su libertad en los encuentros, y acuerden con las autoridades de las Unidades reducir los obstáculos para que ello ocurra
3) Se comprobó que las historias clínicas no solamente no son confeccionadas conforme lo manda la Ley de Ejecución (por ejemplo el asiento en las mismas de los tests y los resultados y su notificación al detenido), sino también que no acompañan a las personas privadas de la libertad cuando son trasladas a otra Unidad, por lo que el comité recomendó que el Cuerpo Médico de las Unidades cumplimenten con las disposiciones legales y que como así también, que la fotocopia de la historia clínica sea incluida entre aquellos documentos que deban acompañar a la persona privada de su libertad en su traslado.
4) Se acredito la importancia de la distribución de folletos y stickers informativos sobre prevención de VIH/SIDA y de preservativos a visitantes, a internos y a personal, aunque en algunas instituciones se verificó que la entrega de preservativos es realizada por personal médico, lo que constituye un obstáculo serio, pues es necesario que el detenido se acerque a la enfermería u hospital a tal efecto, limitando seriamente su acceso, por ejemplo, en los Complejos Federales y Unidades de Mujeres del Servicio Penitenciario Federal; asimismo se verificó que en establecimientos como el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, no se autoriza la distribución de preservativos entre los internos que no reciben visitas, lo que implica una agravio al derecho a la salud de los internos. Se recomienda que las autoridades responsables de los servicios penitenciarios, instruya a los directores de las Unidades, de acuerdo a las características de cada establecimiento, establezcan las condiciones que permitan que el material instructivo y lo preservativos sean accesibles a la totalidad de la población penal.
5) Se estableció que solamente en las Unidades localizadas en la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, se han practicado actividades en materia de uso de drogas con impactos comprobables, por lo que se recomienda perfeccionar las intervenciones en esta materia, teniendo en consideración principalmente quienes son sus destinatarios y el lugar donde deben desarrollarse las mismas.
6) Se comprobó que el espacio donde les toca vivir a los detenidos, en la gran mayoría de las Unidades visitadas, no resulta compatible con lo normado en los Pactos Internacionales en materia de Derechos Humanos (estado de los edificios, hacinamiento, falta de establecimientos sanitarios adecuados, etc.), situación que impacta seriamente en la salud de la población penal, por lo que se recomienda que los Gobiernos Nacionales y Provinciales, deberán garantizar las condiciones necesarias para proteger la dignidad de las personas privadas de su libertad.
7) Se advirtió seria dificultad para los organismos intervinientes en la realización de las actividades, teniendo en consideración la poca colaboración del personal penitenciario, la dificultad en el traslado donde se realizan los encuentros y la circulación de la folletería, por lo que se recomienda que los responsables de los Servicios Penitenciarios impartan instrucciones precisas a la dirección y personal de las Unidades, para que faciliten y colaboren, para que dichas intervenciones puedan efectuarse conforme a los proyectos.
8) Se verificó que en los establecimientos carcelarios donde intervienen en las actividades los Centros de Salud Extramurales se da una respuesta más adecuada en materia de prevención (testeo y respuesta del mismo) y asistencia, por lo que se recomienda una sustitución progresiva en la patología/as de VIH/SIDA de los servicios médicos pertenecientes al Servicio Penitenciario Federal, por servicios extramurales.
9) Se indagó que el ámbito del Servicio Penitenciario Federal, el lapso que media entre que se prescribe los medicamentos antirretrovirales y otros medicamentos para hacer frente la VIH/SIDA y patologías conexas, y la efectiva entrega a quienes lo necesiten resulta ser dilatado, teniendo en consideración la naturaleza de la enfermedad y la necesidad de que le tratamiento sea oportuno y continuo, es por ello que se recomienda, que el organismo responsable de VIH/SIDA a nivel Nacional distribuya los medicamentos directamente a las Unidades respectivas a fin de garantizar la continuidad del tratamiento de las personas privadas de su libertad con VIH/SIDA y enfermedades conexas, y en consecuencia asegurar la adherencia.
10) Se comprobó que en algunas jurisdicciones penitenciarias que cuando la persona privada de su libertad con VIH/SIDA es trasladada a otra Unidad Carcelaria, no se le suministran los medicamentos necesarios para hacer frente a su /sus patología/as, por lo que se recomienda que se le entreguen al detenido cuando es reasignado los medicamentos adjudicados, como, así también, la receta correspondiente, obviando de ese modo que deba reiniciar el trámite tendiente a obtener nuevamente el suministro de los mismos, con todo lo que ello implica.
11) Se verificó que a las personas privadas de su libertad con VIH/SIDA, cuando egresan de los establecimientos carcelarios, no se les brinda la asistencia que demanda su patología/as por lo que se recomienda que dentro del programa de prelibertad se prevea la asignación de un turno en un establecimiento extramural especializado en la temática, como asimismo se le suministren los medicamentos necesarios, hasta que el sistema de salud le brinde lo propios; asimismo deberá entregarse al egresado copia de su historia clínica.
12) Se corroboró la inexistencia de campañas específicas dirigidas a las minorías sexuales, por lo que se recomienda que las acciones en materia de asistencia y prevención sean focalizadas también a tales minorías sexuales.
ULTIMO COMENTARIO
Se entiende necesario que a partir de los resultados observados se lleven a cabo estudios desde un enfoque de respuestas rápidas para que en el futuro se delineen propuestas de acción que permitan limitar que en el ámbito carcelario el virus del VIH/SIDA siga transmitiéndose.
“FUNDESO”
(Fundación por los detenidos sociales)
“Grupo de las Mujeres de la Argentina”
-FORO de VIH, Mujeres y Familia-
“El logro de volver a vivir”
Dr. Martín E. Vazquez Acuña
II - Fondos para la Aceleración de Programas - FAP |
Presentación Informe de Proyecto
“Relevamiento de aspectos sociales y sanitarios en unidades penales seleccionadas”
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2008
Hotel Elevage
Maipú 960 – Salón Godard (Primer Subsuelo)
Ciudad de Buenos Aires
Inicio: 10 horas
• Palabras de bienvenida.
• Presentación del Comité de Cárceles y VIH y del resto de los participantes.
• Objetivos del encuentro.
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Dr. Martín Vazquez Acuña
Coordinador del Comité
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• Perspectiva desde ONUSIDA
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Dr. Rubén Mayorga
Coordinador de ONUSIDA para el Cono Sur (Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay)
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• Perspectiva desde ONUDD
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Lic. Carola Lew
Oficial Nacional de Programa para VIH/Sida – ONUDD Brasil y Cono Sur
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• Síntesis del Informe que se presenta
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Lic. Eleonora Sacco
Consultora Externa
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• Experiencias de quienes realizaron el relevamiento
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Carlos del Mazo Bustamante
FUNDESO
Juan Carlos Sarmiento
FUNDESO Córdoba
Martha Miravete Cicero
GMA
Pablo Flores
Profesor de teatro, Mendoza
Carmen Maidagan
CTC Rosario
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