PREVENIR UNA OBLIGACION DE TODOS AS
MUJER EMBARAZO Y VIH
PRENCION Y SALUD EN LESBIANAS
CAMPAÑAS Y MENSAJES
CONDERS
HOSPITALES MENTALES



COMISION DE MEDICINA ALTERNATIVA GMAF
GMAF ALTERNATIVE MEDICINE COMMISSION

E.mail: medicina.alternativa.gmaf@gmail.com / denunciasddhh@gmail.com


Martha Miravete Cicero – Responsable
Procuradora – Defensora de DDHH

Sebastián Díaz – Promotor de Salud

Asesor voluntario

Adriana Lotes
– Asesora


Carla Paola CANELO
– Asesora Genero


Dr. Mario Land
España – Asesor Médico 
Email:  mariolans@yahoo.com

Dorina Trinklein

 Unión Europea Asesora - UN Geneve and Vienna
email: dorinatrinklein@gmail.com

Asesor Internacional


Annelene Sillet Yepez
and Tiara Sillet Yepez 
 Cannabis Education Canadá

email: anni.sillet@gmail.com  

Cecilia Olivera Campanella
Uruguay
 email: Cecilia.olivera1984@gmail.com

Asesoras Internacional

 

 


Nuestra Organización desde que se conformó, acompaña a la comunidad para lograr Políticas Públicas en cada Estado, es por ello desde el 2000, hemos realizado informes sobre reducción de daños, como así también nuevas formas de tratamiento para la comunidad.

Since it was formed, our Organization accompanies the community to achieve Public Policies in each State, that is why since 2000, we have made reports on harm reduction, as well as new forms of treatment for the community.

Es por ello que siempre hemos “Apoyado a que los/as pacientes tenga el acceso de los a los medicamentos de medicina natural y alternativa, sin invasión a sus cuerpos con secuelas colaterales, y es así que hemos visto que las distintas medicinas que vamos acompañado con investigación No es peligro para la salud pública”.

That is why we have always “supported that patients have access to natural and alternative medicine medications, without invasion of their bodies with collateral sequelae, and that is how we have seen that the different medicines that we are accompanied with research It is not a danger to public health ”.

Desde nuestra Opinion Iuris Comunity, decimos que muchos de los integrantes de nuestra organización y redes nacionales e internacionales, bien sabemos lo que ha logrado en este caso el cáñamo y sus derivados en nuestra salud y cuerpos; y lamentablemente por no haber una regulación a través de la comunidad internacional a través de Sof Law y/o Hard law, han llevado a que muchas familias estén privadas de libertad injustamente porque luchan día a día por calmar sus dolores naturalmente desde esta planta – como medicina alternativa y tradicional.

From our Opinion Iuris Comunity, we say that many of the members of our organization and national and international networks know well what hemp and its derivatives have achieved in our health and bodies in this case; and unfortunately due to the lack of regulation through the international community through Sof Law and / or Hard law, they have led to many families being unjustly deprived of their liberty because they fight every day to calm their pain naturally from this plant - alternative and traditional medicine.

Lo que decimos desde el primer día, es que siempre buscaremos lo mejor para las personas, ya que es un Derecho a la Salud - Erga Omnes, es una Norma Consuetudinaria desde la fuente del Derecho Internacional Moderno – Sof Law, por no dañar la salud pública ni al cuerpo de los individuos.

What we say from day one is that we will always seek the best for people, since it is a Right to Health - Erga Omnes, it is a Customary Norm from the source of Modern International Law - Sof Law, for not damaging health public or the body of individuals.

Es por ello que:    It is because of that:

VOLUNTARIADO – Capacitamos y orientamos desde los Derechos Humanos, a las personas que quieran saber sus Derechos, realizando talleres y capacitaciones son realizadas por profesionales en la temática.

VOLUNTEERING - We train and guide from Human Rights, people who want to know their Rights, conducting workshops and trainings are carried out by professionals on the subject.

ASESORES – Damos nuestra colaboración para realizar gestiones nacionales e internacionales para estar registrados en cada Estado.

ADVISORS -We collaborate to carry out national and international procedures to be registered in each State.

Salsa, Vida y Salud – Este es un proyecto y espacio que fue transformándose, desde la prevención del VIH y enfermedades colaterales, a hoy ser un espacio de contención y acompañamiento a personas que lo necesitan para reducir sus dolencias física y mentales, donde también es acompañado por especialista en la materia y profesionales de la salud. Por eso nuestra organización ha logrado realizar informes nacionales e internacionales para poder buscar nuevas propuestas para mejorar la calidad de vida de nuestras familias y comunidad.

Salsa, Vida y Salud- This is a project and space that has been transformed, from the prevention of HIV and collateral diseases, to today being a space of containment and accompaniment to people who need it to reduce their physical and mental ailments, where it is also accompanied by a specialist in the field and health professionals. That is why our organization has been able to produce national and international reports in order to seek new proposals to improve the quality of life of our families and community.

También nos preocupamos por otras medicinas alternativas, que también son herramientas de salud para mejorar el cuerpo y energía de las personas – Reiky, Yoga, Meditación, curación con piedras, aceites aromáticos, acupuntura, digito acupuntura, etc.

We also care about other alternative medicines, which are also health tools to improve the body and energy of people - Reiky, Yoga, Meditation, stone healing, aromatic oils, acupuncture, acupuncture, etc.


 



INVESTIGACIÓN MÉDICA Y CIENTÍFICA DEL USO MEDICINAL DE LA PLANTA DE CANNABIS Y SUS DERIVADOS

Decreto 883/2020 - DCTO-2020-883-APN-PTE - Ley Nº 27.350. Reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 11/11/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-65322850-APN-DD#MS, la Ley Nº 27.350, su Decreto Reglamentario N° 738 del 21 de septiembre de 2017, la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA del entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL N° 133 del 4 de junio de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.350 regula la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de Cannabis y sus derivados.

Que en sus artículos 2º y 3º, la citada Ley creó el “PROGRAMA NACIONAL PARA EL ESTUDIO Y LA INVESTIGACIÓN DEL USO MEDICINAL DE LA PLANTA DE CANNABIS, SUS DERIVADOS Y TRATAMIENTOS NO CONVENCIONALES”, en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y estableció sus objetivos.

Que a los fines de dar cumplimiento a las previsiones de la mencionada Ley se dictaron las normas reglamentarias necesarias para su efectiva implementación a través del Decreto N° 738/17.

Que en virtud de dicho Decreto, el acceso al aceite de Cannabis y sus derivados es restrictivo, porque solo pueden acceder a su uso quienes se incorporen a protocolos de investigación en epilepsia refractaria, y económicamente excluyente, atento el alto costo que implica su importación.

Que, además, el Régimen de Acceso por vía de Excepción a productos que contengan cannabinoides o derivados de la planta de Cannabis, aprobado por la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA N° 133/19 requiere para su autorización la prescripción del tratamiento por médicos especialistas en Neurología o Neurología Infantil matriculados ante autoridad sanitaria competente, y solo en los casos de pacientes con epilepsia refractaria.

Que en otro orden, si bien en el artículo 8° de la mencionada Ley N° 27.350 se creó un registro nacional voluntario con el objeto de facilitar el acceso gratuito al aceite de Cannabis y sus derivados que la Ley en mención garantiza, aquel no se encuentra operativo.

Que esta situación, a su vez, impide el adecuado control de calidad de derivados del Cannabis o supuestos derivados del mismo, lo cual no solo compromete la salud de las usuarias y los usuarios sino que también genera expectativas infundadas promovidas por el simple afán de lucro.

Que estas restricciones reglamentarias configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población y como respuesta a ello, un núcleo significativo de usuarias y usuarios han decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las prácticas de autocultivo, y con el tiempo se fueron organizando redes y crearon organizaciones civiles que actualmente gozan no solo de reconocimiento jurídico sino también de legitimación social.

Que todo ello describe la situación particular en la que las personas o las familias que atraviesan la enfermedad, cuando tienen a su alcance la posibilidad de atenuar los dolores, adoptan un rol activo, aun asumiendo el riesgo de ser condenadas por la normativa penal vigente.

Que en el año 2018 expertos de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) recomendaron “eliminar el cannabis y el aceite de cannabis de la Lista IV”, la categoría más estrictamente controlada en la CONVENCIÓN ÚNICA DE 1961 SOBRE ESTUPEFACIENTES. En tal sentido, señalaron que la Lista IV está integrada particularmente por “sustancias dañinas y con beneficios médicos limitados” y consideraron que mantener el Cannabis “en ese nivel de control restringiría gravemente el acceso y la investigación sobre posibles terapias derivadas de la planta”.

Que reglamentar adecuadamente el acceso al cultivo controlado de la planta de Cannabis, así como a sus derivados, para fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, implica cumplir el objeto de la Ley N° 27.350, de garantizar y promover el cuidado integral de la salud, y el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del Cannabis a toda persona que se incorpore al Programa, en las condiciones que se establezcan.

Que un Estado presente, en el que la Salud Pública es un eje prioritario, demanda establecer las condiciones necesarias para que la accesibilidad de sustancias para su uso medicinal responda a estándares de calidad y seguridad sanitarios.

Que a los fines de proporcionar una respuesta equilibrada entre el derecho de acceso a la salud y la seguridad sanitaria, es que la presente reglamentación establece un registro específico para usuarias y usuarios que cultivan Cannabis para fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos, como así también promueve la creación de una red de laboratorios públicos y privados asociados que garanticen el control de los derivados producidos.

Que existen experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del Cannabis de un mercado no controlado puede producir.

Que además, y para avanzar en proyectos de producción, resulta imperante alentar la investigación en la materia, promover la capacitación de los profesionales de la salud, ponderar el rol de los médicos en el acompañamiento de los usuarios y las usuarias del Cannabis y sus derivados con el objetivo de lograr su uso informado y seguro.

Que en efecto, es dable destacar el consenso obtenido en el marco del Consejo Consultivo Honorario creado por la mencionada Ley N° 27.350 en el cual participan instituciones, asociaciones, organismos técnicos especializados, sociedades científicas, organizaciones civiles con gran trayectoria en la temática y profesionales del sector público y privado que intervienen y articulan acciones en el marco de la Ley.

Que es necesario reconocer que el desarrollo de investigación y evidencia científica en el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del Cannabis y sus derivados se encuentra en pleno desarrollo en el mundo, lo cual obliga a seguir los avances de la ciencia para ir consolidando la política pública y el marco regulatorio vigente.

Que por lo expuesto, resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 27.350 “Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”, que como ANEXO (IF-2020-77460970-APN-SSMEIE#MS) forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- Derógase el Decreto Nº 738 del 21 de septiembre de 2017.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García - Roberto Carlos Salvarezza - Luis Eugenio Basterra

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/11/2020 N° 55360/20 v. 12/11/2020

Fecha de publicación 12/11/2020

ANEXO 1 – REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 27.350

 

   MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL – VIH y RECANN

EX - MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION – Decreto 801/18

 

GMAF en el 2018, se ha cambiado la estructura del organigrama de Estado, es por ello que hemos incluido el link.

Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible

LEY DE MINISTERIOS - Decreto 801/2018 - Modificación. Buenos Aires, 05/09/2018 VISTO el Expediente N° EX-2018-43451499-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL - Decreto 802/2018
DECTO-2018-802-APN-PTE - Conformación Organizativa. Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2018
VISTO el Expediente EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y
ARTÍCULO 20.- Créase el cargo de Secretario de Gobierno de Salud, con dependencia del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43622360-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 21.- Desígnase Secretario de Gobierno de Salud, con dependencia del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, al Doctor D. Adolfo Luis RUBINSTEIN (D.N.I. N° 12.046.579).

DISCAPACIDAD y PENSIONES - Resolución 268/2018 - RESOL-2018-268-APN-DE#AND
Nuevo circuito administrativo de notificación de incompatibilidades para Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral

La Agencia Nacional de Discapacidad informa que durante el mes de septiembre 2018, continuará con el proceso de actualización de información de los beneficiarios que cobran la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral. Este trámite es un acto administrativo habitual y no implica ninguna modificación en el pago de las pensiones.
• Los beneficiarios serán notificados en sus domicilios y se les informará el motivo de la solicitud. Luego, deberán comunicarse con el 130 opción 2, de la ANSES, y solicitar un turno de atención para presentar la documentación que corresponda. Sólo a través de esta vía podrá realizarse el trámite. 
• La oficina de la ANSES asignada para realizar el trámite será según el domicilio del beneficiario de la Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral. 
• Toda la documentación recibida en las oficinas de ANSES será procesada por personal de la Agencia Nacional de Discapacidad.

RECANN  - Inscribirse en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis

Descargar el formulario de solicitud de inscripción en el RECANN.

Imprimí el formulario y completar toda la información requerida:

  • datos del paciente;
  • domicilio que constituye;
  • resumen de historia clínica;
  • diagnóstico y patologías asociadas
  • firma el formulario por tu médico y firmalo vos en tu carácter de paciente o de familiar, tutor, encargado o responsable legal.

Se presenta formulario, mas la receta oficial en la delegaciones del ANMAT.
Podés hacerlo en persona o enviarlos por correo postal.

  • Instituto Nacional de Medicamentos (INAME)
    Av. Caseros 2161, Primer Piso, Comercio Exterior - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP C1264AAB) - Teléfono: 4340-0800 internos 2815/2829 - Horario: 9:30 a 12:30 h.
  • Delegación ANMAT Mendoza
    Remedios de Escalada de San Martín 1909, Ciudad de Mendoza - Provincia de Mendoza
  • Delegación ANMAT Córdoba
    Obispo Trejo 635, Ciudad de Córdoba - CP X5000IYM - Provincia de Córdoba.
  • Delegación INAL Posadas
    Roque González 1137 | Posadas | CP N3300MCR | Provincia de Misiones.
  • Delegación INAL Santa Fe
    Eva Perón 2456, Ciudad de Santa Fe (S3000BVJ) - Provincia de Santa Fe.

Una vez que la documentación esté completa, ANMAT la va a enviar al Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados y Tratamientos No Convencionales, que aprueba o no tu solicitud.
El Programa puede pedirte más documentación, informes o estudios complementarios.
Si necesitas consultarnos sobre el programa, podés escribirnos al correo electrónico programacannabis@msal.gov.ar.

Listado de Médicos

Los Derechos, Principios y Garantías

DERECHOS DEL NIÑO - La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de jerarquía Constitucional  (art. 75 inc. 22 CN) establece en su art 23 dice- “que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí  mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad”,

GARANTÍAS INDIVIDUALES
Existen y son las que protegen a los individuos por el solo hecho de estar consagradas en la Constitución y las leyes reglamentarias, las cuales solo son requeridas para establecer ‘en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación’, como dice el art. 18 de la Constitución a propósito de una de ellas (CSJN, Fallos,239:459; LL,89-531; JA,1958-II-476)

La ley 27.350 el Congreso de la Nación autorizó a que:

En el derecho argentino el Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados

  • El art. 2  - se crea el “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”, en la órbita del Ministerio de Salud,
    OBJETIVOS DEL PROGRAMAGarantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al programa, en las condiciones que establezca la reglamentación”.
  • El art. 3  - “propiciar la participación e incorporación voluntaria de los pacientes que presenten las patologías que la autoridad de aplicación determine y/o el profesional médico de hospital público indique, y de sus familiares, quienes podrán aportar su experiencia, conocimiento empírico, vivencias y métodos utilizados para su autocuidado
  • El art. 6 del Decreto Reglamentario 738/2017 autoriza al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET) y al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA) el cultivo de Cannabis con fines de investigación médica o científica
  • El art. 7° del decreto citado garantiza que la provisión de aceite de Cannabis y sus derivados será gratuita para quienes se encuentren inscriptos en el PROGRAMA y se ajusten a sus requerimientos
  • El art. 8 en forma expresa aclara que “El REGISTRO NACIONAL - RECANN funcionará en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD y registrará a pacientes en tratamiento para estudio de casos y pacientes en protocolo de investigación, que voluntariamente soliciten su inscripción, o sus representantes legales

A posteriori la Resolución 1537 – E/2017 del Ministerio de Salud de la Nación aprueba la reglamentación del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación

FALLO

  • Cámara Federal de Bahía Blanca - fecha 28/08/2017 - Expte Nro. CCF 2708/2017/ CA1  -  “F, A, I c/ OSDE S/ Amparo salud,
    “El Estado debe velar por su cumplimiento para asegurar el efectivo goce de los mismos – en este caso a la salud–, pues de lo contrario serían proclamaciones teóricas, simples promesas”.
  • Juzgado Federal Nº 1 de Salta la causa FRO 21814/2017 y en el Juzgado Federal de Viedma en la MEDIDA CAUTELAR Expte. 16005/2018 - declara;
    las particularidades del supuesto en análisis dan cuenta de que la pretensión de autocultivo, basado en la falta de operatividad, de momento, en la ley 27.350  está fincada en un estricto uso medicinal, destino que impone poner en balance el derecho a la salud de un menor de edad portador de una enfermedad incapacitante y sujeto a una preferente tutela constitucional, en tanto que- como se viese- la Convención sobre los derechos del Niño ratificada por ley 23.849 establece una pauta axiológica insoslayable como es la atención del interés superior del niño (art. 3 CSN).

TRIBUNAL -  JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO N2 exp 54057/2018 dice:

  • En base a un análisis preliminar … se puede concluir que el tratamiento médico con aceites artesanales con variada ratio de componentes –conforme análisis de cromatografía glosados en autos en la totalidad de los casos ha dado respuesta altamente favorable…
  • En concreto el tratamiento ha atenuado los síntomas nocivos de las graves patologías que padecen y mejorado sustancialmente la calidad de vida de los niños.
  • la suspensión del tratamiento si bien no ocasiona perjuicio específico, produce la pérdida del beneficio terapéutico logrado, en niños que hoy se encuentran estabilizados.
  • resulta indispensable un adecuado contralor por parte del Estado Nacional en el marco de la normativa aplicable en la especie.

Anexo I, punto 1. Dispone que “EL PROGRAMA establece que las personas que padezcan epilepsia refractaria, y a las que se prescriba el uso de Cannabis y sus derivados, en base a las evidencias científicas existentes, son susceptibles de solicitar la inscripción en los Registros que le dependen”.

El Tribunal varias oportunidades solicito al Ministerio de Salud de la Nación información ..
El Estado no está produciendo aceite de Cannabis en la actualidad
Legitima la conducta de las amparistas, quienes ante la urgencia en atender las patologías de sus niños, consumo del producto vegetal cannábico no puede ser otro que el de un ámbito privado y familiar, promovido por una decisión de igual tenor que marca una frontera exenta de toda injerencia estatal según la doctrina de orden constitucional del Máximo Tribunal de la Nación elaborada en torno al citado art. 19 CN”.
En consecuencia, atendiendo a que se trata de un caso de discapacidad, contemplado por las leyes 22.431 y 24.901 y la protección especial conforme la Convención Internacional de los Derechos del Niño de raigambre constitucional corresponde hacer lugar a la medida cautelar peticionada por las actoras.

RESUELVIO:

a) disponer  en un plazo máximo de 30 días, promuevan la inscripción RECANN ya sea en calidad de pacientes en tratamiento para estudio de casos y/o pacientes en protocolo de investigación, según corresponda y a los efectos allí previstos.

b) ordenar al ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL la inmediata operatividad en su deber de plantar, cosechar, cultivar y acopiar la Planta de Cannabis y sus derivados a los fines del suministro gratuito e ininterrumpido

c) disponer -por un plazo de 6 meses y/o hasta tanto se encuentre la demandada en condiciones de proveer el aceite de cannabis en la calidad y variedad que actualmente requieren las amparistas- que EL MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL en coordinación con el MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGICA, controlen la elaboración del aceite de cannabis para el estricto uso medicinal que actualmente realizan las amparistas, ello en aras de garantizar la no interrupción del tratamiento y la calidad del mismo. A tales fines deberán los organismos del Estado atender especialmente al aporte y experiencia empírica de cada familia respecto de los métodos utilizados para el autocuidado, ello en cumplimiento de los términos y objetivos de la ley 27.350 (art. 3), con el objetivo de brindar a los niños un tratamiento de grado médico, con controles de cromatografía y libre de contaminantes.

d) requerir el consentimiento informado en los términos de la ley 26.529, responsabilizando al equipo médico e interdisciplinario a cargo del tratamiento perteneciente a la Asociación de Usuarios y Profesionales para el Abordaje del Cannabis y otras drogas AUPAC, quien deberá asimismo generar reportes trimestrales informados en la causa, respecto de la necesidad del tratamiento, el estado de salud de  los menores y la respuesta a la terapia medicinal.

DROGAS Y DERECHO PENAL | FALLOS DE INTERÉS - fuente Pensamiento penal

El Comité DESC difundió sus observaciones finales sobre el cumplimiento de la Argentina del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con rango constitucional. Allí expresó su fuerte preocupación por el impacto de las medidas de ajuste en la desigualdad social y la pobreza, y en la vigencia de los derechos a la salud, seguridad social, vivienda, tierra y alimentación, entre otros. También se refirió a la libertad sindical, el derecho al aborto legal, la concentración de los medios de comunicación y la situación de los pueblos indígenas, las comunidades campesinas y los/as migrantes.

El CELS elaboró junto con 55 organizaciones siete informes, como aporte a esta evaluación periódica, que dieron cuenta del deterioro de las condiciones sociales y laborales. Muchos de los temas abordados fueron tomados como motivo de preocupación, incorporados a las observaciones y las recomendaciones del Comité:

Medidas de austeridad y políticas fiscales
-El Comité DESC cuestionó la meta de déficit cero para 2019 acordada con el Fondo Monetario Internacional, ya que agudizará el recorte del gasto social.
-Destacó el alto grado de desigualdad social en el país y criticó la reducción de las cargas impositivas a los sectores de alto ingreso. Recomendó que el Estado tome medidas para preservar e incluso fortalecer la capacidad redistributiva del sistema fiscal.
-Alertó sobre los riesgos de la degradación de ministerios claves para los derechos económicos, sociales y culturales al rango de secretarías. Recomendó que se garanticen su autonomía y sus funciones y que se aumenten los presupuestos, en particular para salud, trabajo y medio ambiente.

Desempleo y restricciones a la libertad sindical
-Expresó preocupación por el aumento del desempleo en los últimos cinco años y el “alarmante incremento” registrado en el primer trimestre de 2018, que afectó de forma desproporcionada a los/as jóvenes, las mujeres y los habitantes de zonas rurales.
-Condenó la existencia de restricciones a la libertad sindical y recomendó al Estado garantizar el derecho a formar y registrar sindicatos, la no interferencia en sus procesos internos y la efectividad de los derechos a la negociación colectiva y a la representación sindical. Instó al Estado a proteger a las personas que participan en actividades sindicales, evitando cualquier represalia en su contra.

Derecho a la seguridad social
-Expresó preocupación por el impacto negativo de la reforma previsional de 2017 en la actualización de las jubilaciones y asignaciones familiares. Instó al Estado a restablecer el cálculo de actualización y, a futuro, condicionar cualquier medida sobre pensiones al principio de no regresividad en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de los/as beneficiarios.
-Cuestionó “la masiva suspensión de las pensiones no contributivas a personas con discapacidad sin adecuada garantía del debido proceso” e instó a restituir las pensiones canceladas.

Tarifazo e inflación
-Señaló el impacto negativo de los aumentos masivos en las tarifas de los servicios públicos en los sectores de ingresos bajos y medios. También notó con preocupación que los aumentos del salario mínimo y de la Asignación Universal por Hijo no permitan compensar la inflación.

Derecho a la vivienda
-Cuestionó el “muy significativo” recorte en el presupuesto de las políticas de vivienda, mientras se expanden los asentamientos informales sin acceso a los servicios básicos, como al agua potable y el alcantarillado.
-Condenó los desalojos violentos realizados por las fuerzas de seguridad y recomendó aprobar protocolos de intervención pública.
-Destacó que la especulación sobre los terrenos e inmuebles tiene un impacto negativo sobre la accesibilidad y asequibilidad de la vivienda y recomendó al Estado a poner a disposición terrenos bien ubicados para el desarrollo de viviendas sociales.

Derecho a la alimentación
-Criticó la falta de implementación de la Ley de Agricultura Familiar No. 27.118, los cortes presupuestarios y de personal en ese sector y el aumento de personas que dependen de los comedores escolares y comunitarios. Recomendó garantizar la efectiva implementación de la ley y su adecuada financiación en todas las provincias.

Territorios ancestrales
-Expresó preocupación por la falta de cumplimiento de la demarcación de los territorios de las comunidades indígenas y de la prohibición de desalojos, dispuestas por la Ley 26.160. Recomendó su aplicación plena tanto a nivel federal como provincial y la garantía de los recursos necesarios.
-Instó al Estado a reforzar la seguridad de la tenencia de la tierra de las comunidades campesinas y los pueblos indígenas.
-Instó al Estado a asegurar la relocalización de las familias criollas fuera del territorio de las comunidades indígenas en el caso de la Asociación de Comunidades Aborígenes Lhaka Honhat de Salta.

Acceso al aborto seguro 
-Expresó preocupación por el alto número de abortos peligrosos, directamente ligados a la mortalidad materna, y los obstáculos para acceder al aborto legal, que incluyen la falta de medicinas requeridas y el abuso de la objeción de conciencia. Lamentó que no se haya aprobado la despenalización del aborto.
-Recomendó al Estado adoptar medidas efectivas para la implementación de la sentencia “F.,A.L.”, de la Corte Suprema de Justicia, y garantizar que todas las provincias cuenten con protocolos para facilitar el acceso efectivo y el cuidado integral de quienes requieren un aborto previsto por la ley.
-Instó a garantizar el acceso a los medicamentos que permiten una interrupción del embarazo segura: misoprostol y mifepristona. Pidió al Estado a que tome “todas las medidas necesarias para liberalizar las condiciones para el aborto legal y en todo caso nunca criminalizar a las mujeres que recurren al aborto”.

Sistema de salud mental
-Notó que el encierro en instituciones psiquiátricas sigue siendo la principal respuesta del Estado para la salud mental, a pesar de que la Ley Nacional de Salud Mental prevé el cierre de los manicomios en 2020. Condenó las condiciones de vida en estas instituciones y la “muy fuerte reducción” del presupuesto asignado a la Dirección Nacional de Salud Mental.
-Recomendó al Estado concretar en 2020 la sustitución del sistema de instituciones psiquiátricas por otro sistema de salud mental que sea integral, integrado, interdisciplinario y comunitario, con la apertura de servicios de salud mental en los hospitales generales. También instó a que se priorice la atención ambulatoria, domiciliaria y en la zona de arraigo de las y los niños y adolescentes.

Igualdad de género y cuidados
-Expresó preocupación por la baja tasa de participación en el mercado de trabajo de las mujeres que asumen las tareas no remuneradas de cuidado de la familia. Recomendó fortalecer y extender un sistema público de cuidados integral que elimine las brechas sociales y territoriales.
-Recomendó reglamentar y aplicar la Ley 14.783 de cupo laboral trans en la provincia de Buenos Aires.

Derechos de las y los migrantes
-Recomendó al Estado eliminar las barreras legales y administrativas que impiden el acceso a las políticas sociales de los migrantes, facilitar su regularización y  flexibilizar el requisito de residencia legal para acceder a la Asignación Universal por Hijo.

Concentración de medios
-Cuestionó la alta concentración de los medios de comunicación, que “limita el pluralismo y dificulta el acceso a licencias y financiamiento para desarrollar medios de comunicación audiovisual de grupos desfavorecidos y de los pueblos indígenas”.

Seguimiento
-El Comité solicitó al Estado argentino que brinde información, en el plazo de dos años, sobre las medidas de austeridad y su impacto en los grupos en situación de vulnerabilidad, la delimitación de los territorios indígenas y la implementación de los protocolos para asegurar el acceso a los abortos legales.

INFORME ONU

FUENTE – CELS

 

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LOS DERECHOS HUMANOS Y EL VIH/SIDA. Ahora Más que Nunca

Barreras que impiden el acceso a los condones – ICASO


       

PUBLICACIONES DE ONUSIDA

NLM.NIH.GOV


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El Grupo de Cooperación Técnico Horizontal de América Latina y el Caribe en VIH/SIDA e ITS (GCTH) es una iniciativa de los países de la Región, creado con el objetivo de mejorar la respuesta frente al VIH, SIDA y otras ITS, por medio de acciones articuladas  y la concertación política entre los países y las redes comunitarias.

Actualmente, el GCTH está integrado por los diferentes Programas Nacionales de SIDA de los 21 países miembros, en alianza con nueve Redes Latinoamericanas y del Caribe y organizaciones de la sociedad civil, que mantienen adherencia a un conjunto de principios, compromisos, líneas y estrategias de acción compartidas frente a la epidemia.

Los países miembros son: Argentina, Bolivia, Belice, Brasil, Chile, Costa Rica, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

Asimismo, concurren como asociadas y socias en proyectos específicos nueve redes regionales: ASICAL, ICW+, LACCASO, MLCM+, REDLA+, REDTRASEX,  RELARD, REDLACTRANS y COASCE. Además, de representantes invitados de ONUSIDA, PAHO/OMS, DFID, GTZ y el Fondo Global.

El GCTH, con más de 10 años de trabajo continuo, se ha convertido en un instrumento importante de apoyo para impulsar una respuesta integral y conjunta frente a la epidemia en los países de América Latina y el Caribe.

Redes Asociadas


La cuestión del VIH/SIDA es realmente alarmante debido principalmente porque esta enfermedad ha alcanzado los niveles de una pandemia, avanzando rápidamente y afectando a un gran número de personas sin importar sexo, edad, condición económica o social. Además el VIH/SIDA no es un problema aislado puesto que repercute en una serie de ámbitos además de la salud tales como el laboral y el de lucha contra los narcóticos y estupefacientes, así como de derechos humanos.

Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas afirma que la ONU al combatir el SIDA, debe trabajar con cinco objetivos básicos:

  • Asegurar que las personas de cualquier lugar, pero especialmente los jóvenes, sepan que hacer para evitar el VIH/SIDA
  • Detener la infección materno infantil, la cual es una de las formas más trágicas de contraer VIH/SIDA
  • Proveer de ayuda y cuidados a aquellos que viven con el VIH/SIDA
  • Redoblar esfuerzos para encontrar una vacuna para el VIH/SIDA
  • Cuidar a aquellos cuyas vidas han sido afectadas terriblemente por el SIDA, en especial a los huérfanos que se estima alcanzan los 13 millones y siguen en aumento

El SIDA no puede ser enfrentado por organismos de las Naciones Unidas por separado, sino que necesita la coordinación de varios de ellos para que de acuerdo a su ámbito de trabajo, apoyen en la formulación de proyectos, políticas y programas que ayuden a combatir esta epidemia. Con este fin fue creado en 1996 el ONUSIDA, que es un programa de las Naciones Unidas que combina con la mayor eficacia posible los conocimientos, recursos y alcance de diversos organismos de la ONU.

Los organismos que trabajan en la cuestión del VIH/SIDA son:

La labor de las Naciones Unidas ante la epidemia del VIH/SIDA no solo ha sido tratada en organismos especializados de las Naciones Unidas, sino que también por parte de los Estados a través de la Asamblea General, que en el 2001 dedicó su 26° período extraordinario de sesiones al tema del VIH/SIDA.
Asimismo, en 2003, la Asamblea General, decidió celebrar, de acuerdo a la resolución A/RES/57/308, un día de sesiones plenarias de alto nivel dedicadas al seguimiento de los resultados de su 26° sexto período extraordinario de sesiones y la aplicación de la "Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA”, el 22 de septiembre de 2003.
Ver situación mundial del VIH/SIDA


Reenvío documento por cortesía de Anuar Luna

MIPA significa: Mayor Involucramiento de las Personas Afectadas (por el VIH/sida)

Todas las voces: Una meta

David Alberto Murillo


 

--- On Mon, 10/6/08, Anuar Luna <anuarluna@gmail.com> wrote:

En todas las partes del mundo donde se propaga el VIH, las personas que viven con el virus suelen establecer rápidamente redes de autoayuda, apoyo y capacitación.
En junio de 1983, en el Segundo Foro Nacional sobre el SIDA celebrado en Denver (Estados Unidos de América) emergió un movimiento de personas que vivían con el VIH. Los «Principios de Denver» adoptados en el Foro abogan por que las personas que viven con el VIH reciban apoyo cuando son víctimas de estigma y discriminación relacionados con el SIDA. Los Principios también establecen que las personas que viven con el VIH deberían «intervenir en todos los niveles de la adopción de decisiones [...], desempeñar funciones en las juntas directivas de las organizaciones proveedoras de servicios, y participar en todas las reuniones sobre el SIDA con [la misma] credibilidad que otros participantes para compartir sus propias experiencias y conocimientos» (Senterfitt, 1998). En 1988, la publicación AIDS Treatment News enumeraba más de 20 asociaciones de personas que viven con el VIH en los Estados Unidos, el Canadá y el Reino Unido.

Nacen grupos nacionales y mundiales

En Uganda, la Organización de Ayuda a las Personas con SIDA (TASO) fue la precursora. TASO fue fundada en 1987 en Kampala por un grupo de 16 voluntarios, 12 de los cuales vivían con el VIH. Estos colectivos suelen formarse alrededor de un grupo de personas que cuidan de un ser querido. Por ejemplo, la asociación Apoyo para el SIDA de Jamaica empezó su andadura de forma oficiosa en 1991 como resultado de la experiencia de un grupo de varones que ayudaron a un amigo moribundo de SIDA. En otros casos, una persona valiente ha recibido preparación para vivir abiertamente su condición de seropositividad y ha inspirado a otras personas a adoptar una actitud positiva. En 1990, Joe Muriithi, de Kenya, fue uno de los primeros africanos en revelar públicamente su estado seropositivo, y juntamente con su esposa, Jane Muriithi, puso en marcha la Sociedad para Conocer el SIDA. En 1992, Auxillia Chimusoro, una de las fundadoras de la Comunidad Internacional de Mujeres con el VIH/SIDA, fue una de las primeras personas de Zimbabwe en hacer público su estado seropositivo y creó el grupo de apoyo Batanayi.
En el Brasil, el Grupo por la Vida Rio de Janeiro fue fundado en 1989 por el escritor y activista pro derechos humanos Herbert Daniel. La Declaración de Derechos de las Personas que Viven con el VIH/SIDA propuesta por este grupo fue adoptada unánimemente por más de 50 organizaciones en la Segunda Reunión Nacional de ONG sobre el VIH/SIDA en Porto Alegre (Brasil), aquel mismo año. En la India, en un seminario nacional celebrado en 1997, alrededor de 35 personas VIH-positivas crearon la Red India de Personas Positivas. Ashok Pillai fue elegido secretario general de la Red y asumió un papel público y destacado en representación de las personas que viven con el VIH. En la actualidad, la Red tiene más de 1000 miembros de 14 estados, y ha puesto en marcha una red de mujeres positivas. Lamentablemente, como ha ocurrido con muchos otros precursores del movimiento contra el SIDA, Ashok Pillai ya ha fallecido.
A nivel mundial, en 1986 se creó inicialmente una red internacional de personas que viven con el VIH que más tarde pasó a denominarse Red Mundial de Personas que Viven con el VIH/SIDA. En julio de 1992, la Comunidad Internacional de Mujeres que Viven con el VIH/SIDA fue establecida por un grupo de mujeres VIH-positivas pertenecientes a 30 países distintos que asistían a la Octava Conferencia Internacional sobre el SIDA, celebrada en Amsterdam (Países Bajos). La Comunidad se fundamentó en el creciente movimiento de mujeres VIH-positivas en África, que condujo a una nueva clase de activismo que iba más allá de las preocupaciones inmediatas de crear grupos de autoayuda y apoyo.

El principio de la MPPVS

El principio de la Mayor Participación de Personas que Viven con el VIH/SIDA (MPPVS) fue oficialmente reconocido en la Cumbre sobre el SIDA de París en 1994, cuando 42 países acordaron dar apoyo a una iniciativa para «fortalecer la capacidad y coordinación de las redes de personas que viven con el VIH/SIDA y las organizaciones de base comunitaria». Esos mismos países añadieron que, «al asegurar su plena participación en nuestra respuesta común a la pandemia a todos los niveles –nacional, regional y mundial- esta iniciativa estimulará particularmente la creación de entornos políticos, jurídicos y sociales de apoyo».
La Declaración de París también expresó «determinación para movilizar a toda la sociedad –los sectores público y privado, las organizaciones de base comunitaria y las personas que viven con el VIH/SIDA- en un espíritu de verdadera asociación», así como para «implicar plenamente a las personas que viven con el VIH/SIDA en la formulación y ejecución de políticas públicas [y] velar por la protección jurídica en igualdad de condiciones de las personas que viven con el VIH/SIDA».
En 2001, la Declaración de compromiso de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA dio su apoyo al principio de la MPPVS, que más tarde recibió el respaldo de los principios rectores de la iniciativa pro tratamiento «tres millones para 2005», desarrollados por la Organización Mundial de la Salud. Esos principios rectores establecen que «la iniciativa sitúa claramente las necesidades y la participación de las personas que viven con el VIH/SIDA en el centro de toda su programación» (OMS, 2003). El ONUSIDA ha promovido la MPPVS desde el comienzo del Programa incorporando en todos los niveles, incluida su Junta Coordinadora, a personas que viven con el VIH.

Papeles de las personas que viven con el VIH: liderazgo nacional

A pesar de los diversos apoyos mencionados, la intervención activa de las personas que viven con el VIH en la adopción de decisiones está aún lejos de ser universal. Además, en la mayor parte de los países del mundo la participación de las mujeres, jóvenes y niños VIH-positivos va muy a la zaga de la de los varones. Una limitación es el hecho de que, en el ámbito mundial, tan sólo alrededor del 10% de los que viven con el VIH son conocedores de su estado seropositivo. Otros no están dispuestos a revelar públicamente su estado porque temen resultar víctimas de la discriminación y el estigma. Sin embargo, se han hecho ciertos progresos.
En Europa oriental y Asia central, la epidemia es aún relativamente reciente, si bien hay pocas personas que conozcan su seropositividad. Son todavía menos los que están dispuestos a hacer público su estado, y hay muy poca tradición de participación de la sociedad civil. Pero en años recientes, el movimiento de personas que viven con el VIH se ha vuelto más fuerte e influyente. Por ejemplo, en Ucrania, la Red Ucrania de Personas que Viven con el VIH/SIDA ha ayudado a dar forma al Programa Nacional de Prevención del SIDA y está cada vez más implicada en el suministro de servicios de asistencia relacionados con el VIH (PNUD, 2003).
La Red Camboyana de Personas que Viven con el VIH/SIDA ha participado activamente en el desarrollo de políticas. Como miembro del Mecanismo de Coordinación de País, ayudó a formular la propuesta de financiación de Camboya presentada con éxito al Fondo Mundial para la Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria. Análogamente, en muchos países se han establecido foros de asociación en los que se reúnen personas que viven con el VIH y otros asociados gubernamentales y no gubernamentales para orientar las respuestas al SIDA (véase figura 51). En otras partes, la Red de Asia y el Pacífico de Personas que Viven con el VIH/SIDA ha congregado a personas de más de 20 países asiáticos alrededor del programa «Leadership for Results», del PNUD. Esta red regional ha dado impulso al desarrollo de organizaciones nacionales de personas que viven con el VIH. Una de ellas es Spiritia, en Indonesia, que también ha recibido apoyo del ONUSIDA. En los casos de epidemias incipientes más recientes, los Grupos Temáticos de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA han estimulado y apoyado grupos de activistas sobre el SIDA que están dando sus primeros pasos.

Figura 51

Figura 51

Facilitar servicios y fomentar la participación local

En otros casos, las personas que viven con el VIH hace tiempo que participan en la adopción de decisiones a nivel nacional. Las personas VIH-positivas intervienen cada vez más activamente en los procesos de adopción de decisiones locales y en el suministro de servicios a otras personas seropositivas. A menudo, se encuentran en la primera línea de la asistencia y el apoyo. Por ejemplo, en Camboya, a través de las unidades «Friend Help Friend» («un amigo ayuda a otro amigo») de los centros de salud de distrito, voluntarios que viven con el VIH ofrecen apoyo e información sobre el SIDA y ayudan a las personas a seguir el tratamiento.
El nexo entre prestar servicios y fomentar la sensibilización nacional ha entrado en juego con su máxima expresión en la ampliación del acceso al tratamiento, una de las principales prioridades del activismo contra el SIDA. Por ejemplo, en Tailandia, la Red Tailandesa de Personas que Viven con el VIH/SIDA y la Coalición de ONG Tailandesas sobre el SIDA instaron al Gobierno a suministrar fármacos antirretrovíricos dentro de su plan nacional de seguro médico. En diciembre de 2001, el Gobierno tailandés anunció que ampliaría la asistencia sanitaria para incluir esos medicamentos y estableció un cuadro de expertos con representantes de la Red para supervisar la ejecución.
En Kazajstán, el 30% de las personas VIH-positivas del país viven en la ciudad de Temirtau, donde desde 1998 la ONG Shapagat les proporciona una voz. El gobierno municipal local facilita despachos a Shapagat, y la ONG trabaja con su centro local del SIDA, con organizaciones de las Naciones Unidas y con la Fundación Sociedad Abierta. Shapagat interviene periódicamente ante el parlamento local y la autoridad ejecutiva del Gobierno. Diversas personas VIH-positivas de Temirtau han formado parte de la Comisión Nacional del SIDA y también han participado en el Mecanismo de Coordinación de País del Fondo Mundial para Kazajstán.

Cuestiones relativas al empleo y el lugar de trabajo

La presencia de personas que viven abiertamente con el VIH en los lugares de trabajo pone de manifiesto que es posible seguir viviendo y trabajando normalmente, un primer paso crítico para abordar con éxito la discriminación relacionada con el trabajo. El programa Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU) ha respaldado la iniciativa de MPPVS en Sudáfrica colocando a personas que viven con el VIH en empresas mineras, organizaciones paraestatales y organismos de las Naciones Unidas, entre otras instancias. Los miembros de VNU llevan a cabo programas de sensibilización y educación y ayudan activamente a desarrollar planes de acción sobre el SIDA en el lugar de trabajo. Igualmente, en el Caribe, desde 2000 cerca de 50 miembros VIH-positivos de VNU han trabajado para contrarrestar la discriminación relacionada con el SIDA en siete países de la región.
Es raro el caso en que una persona VIH-positiva reciba una remuneración por cuidar y prestar apoyo a otras personas que viven con el virus. Una excepción es Botswana, donde una mujer miembro de la Red de Personas que Viven con el VIH/SIDA de ese país trabaja como oficial de enlace de la comunidad con el dispensario de enfermedades infecciosas en la capital, Gabarone. Sus experiencias personales en el proceso de vivir con el VIH han resultado particularmente útiles para ayudar a los pacientes (en especial los que llegan de aldeas distantes) a hablar acerca de las dificultades que tienen para seguir fielmente su plan terapéutico, o sobre las presiones que los parientes ejercen sobre las madres seropositivas para que alimenten al pecho a sus hijos recién nacidos (ONUSIDA, 2003).
En muchas partes se presta apoyo empresarial, sindical y gubernamental a los programas del SIDA en el lugar de trabajo (véanse los capítulos «Impacto» y «Prevención»), pero el sector del trabajo informal sigue planteando un desafío importante. La India es un ejemplo concreto de ello. Alrededor del 92% de la población india trabaja en la economía informal. La Organización Internacional del Trabajo, junto con las organizaciones de empleadores y trabajadores, ha apoyado el trabajo de la Red de Personas Positivas de Delhi en el sector informal. Los miembros de la Red imparten formación y proporcionan asistencia laboral, atención y apoyo a los trabajadores VIH-positivos y a las familias de los que han fallecido por causa del SIDA.

El compromiso y coraje necesitan apoyo

Obtener la participación de las personas que viven con el VIH en las respuestas nacionales al SIDA ha demostrado ser muy útil. Sin embargo, para hacerlo con eficacia es preciso reconocer una serie de necesidades. Muchos programas dependen del compromiso y coraje de personas VIH-positivas. El diagnóstico del VIH ya es por sí solo un acontecimiento que cambia la vida causando conmoción, dolor y sentimiento de pérdida de control sobre la propia vida. Revelar el estado seropositivo de uno mismo puede ser traumático aun en las mejores circunstancias. Hacerlo público –tal como hacen muchos activistas VIH-positivos- no es nunca fácil, aun cuando se haga con el apoyo de las organizaciones en las que se trabaja. Muchas iniciativas de las Naciones Unidas, los gobiernos y ONG de todo el mundo alientan a revelar públicamente este estado con miras a prevenir la propagación ulterior del virus, pero a menudo no logran ayudar a las personas seropositivas a prepararse para ello y no proporcionan el apoyo adecuado al trabajo en curso que llevan a cabo los activistas.
El financiamiento es fundamental. Las personas que viven con el VIH necesitan tener acceso a fármacos antirretrovíricos y otras medidas de atención básicas, y percibir un salario u otro tipo de remuneración económica por su dedicación y contribución. De lo contrario, su capacidad de participar en la respuesta al SIDA resulta seriamente menoscabada. Uganda nos ofrece un ejemplo de esfuerzo innovador para subsanar esta deficiencia. En ese país, el Fondo para el Tratamiento del VIH/SIDA, subvencionado por la Asociación Rotaria Internacional y sus filiales belga y ugandesa, dispone actualmente de seis sensibilizadores que facilitan tratamiento antirretrovírico (Uganda AIDS Commission/ONUSIDA, 2003). El Fondo está codirigido por el Foro de Personas que Viven con el VIH/SIDA, que reúne todas las redes y asociaciones ugandesas que trabajan en este campo.
Las mujeres VIH-positivas africanas que desempeñan papeles activistas han encontrado enormes dificultades. Se sienten muy frustradas por las presiones a que se ven sometidas para revelar su estado como parte de las campañas de prevención, mientras que sus necesidades financieras, médicas y psicológicas se pasan por alto. El compromiso y voluntarismo de las personas que viven con el VIH han sido explotados por los programas gubernamentales y de ONG que utilizan esta mano de obra barata o gratuita en lugar de los servicios de atención de salud (Manchester, 2003).
En un estudio de 17 ONG que proporcionan servicios relacionados con el VIH y el SIDA en cuatro países (Burkina Faso, el Ecuador, la India y Zambia) se puso de manifiesto que la falta de satisfacción de las necesidades de las personas VIH-positivas reducía la eficacia de dichos servicios. La participación de las personas que viven con el VIH en la enseñanza continua antes de que reciban la formación y el apoyo constante necesarios puede tener un impacto negativo en la calidad de los servicios, y también puede perjudicar a las propias personas (Horizons Program, 2002). Dicha participación a nivel internacional puede resultar entorpecida por las dificultades de obtener un seguro de viaje para cubrir cualquier enfermedad relacionada con el VIH o las restricciones de viajar que muchos países imponen a las personas que viven con el VIH.

Los entornos de apoyo favorecen una mayor participación

No existen respuestas simples para estos problemas. Dentro de las organizaciones que tratan de obtener una participación real y no simbólica, crear un entorno de apoyo y favorable requiere mucha reflexión y mucho compromiso. Las personas VIH-positivas necesitan capacitación y apoyo para poder participar más activamente, y es preciso que las instituciones logren que sus procedimientos sean más participativos y accesibles a personas que posiblemente no estén familiarizadas con las formalidades habituales de las reuniones y con otros requisitos institucionales. Esto es particularmente necesario si se quiere que un mayor número de mujeres y jóvenes VIH-positivos –tradicionalmente excluidos de los procesos de adopción de decisiones- sean capacitados para contribuir de una forma provechosa.
Todo esto significa que es más esencial que nunca destinar más fondos para el desarrollo de medios de acción, para la compensación económica por el trabajo realizado y para el apoyo psicológico y el tratamiento de las personas VIH-positivas implicadas en ese trabajo. No obstante, una participación más formal de las redes y organizaciones de personas que viven con el VIH (a diferencia de la implicación personal formal) también ayudaría a poner en práctica los principios de MPPVS de una forma sostenida. En muchos países se ha producido la transición de los grupos de autoayuda a las organizaciones representativas, creando necesidades adicionales para desarrollar capacidades organizativas, de gestión, fomento de la sensibilización y liderazgo.
El tema de la Conferencia Internacional de Personas que Viven con el VIH/SIDA de septiembre de 2003 -El amanecer de un nuevo liderazgo positivo- reconoce estos nuevos papeles. En la Declaración de la Conferencia se señalaba que «Nuestras comunidades y organizaciones carecen aún de los recursos que necesitan para desarrollar eficazmente su potencial y desempeñar el papel que se nos exige». La Declaración reclamaba «el apoyo necesario en nuestros esfuerzos para desarrollar la capacidad de contribuir eficazmente a la respuesta como asociados en igualdad de condiciones».

Conclusiones

La experiencia ha puesto de manifiesto que la participación provechosa de las personas que viven con el VIH es un elemento central de una respuesta eficaz a la epidemia. Para reforzar y sostener esta función se requiere:
i) que las personas conozcan su estado respecto al VIH (para lo que, a su vez, se necesita un acceso mucho mayor a los servicios de asesoramiento y pruebas voluntarias);
ii) mantener con vida a las personas por medio de terapia antirretrovírica para que puedan seguir activas en sus campos de trabajo; y
iii) crear un espacio práctico y político para las personas que viven con el VIH con la finalidad de ampliar su función y contribución abordando el estigma y la discriminación relacionados con el VIH; fomentando entornos jurídicos y normativos apropiados; y apoyando la participación con recursos, incluido el desarrollo estructural.
En la actualidad, las instituciones que se ocupan del SIDA ya presentan muchas formas distintas, desde los organismos que prestan apoyo y servicios hasta las organizaciones de fomento de la sensibilización y de representación. Frente a una epidemia de larga duración y en constante evolución, todas estas instituciones necesitan ampliar aun más sus actividades. Particularmente, a medida que crece el número de personas que conocen su estado seropositivo, esto significa ir más allá de las redes sobre el SIDA reconocidas y llegar a los entornos no específicos de atención de salud: por ejemplo, los lugares de trabajo, los centros de culto, las escuelas y otras instituciones. Las redes de personas que viven con el VIH están poniendo de manifiesto su compromiso para crear nuevas asociaciones; ahora necesitan ayuda para poder mejorar su capacidad de gestión y afrontar estos nuevos desafíos


Naciones Unidas
20 de enero de 1997
Comisión de Derechos Humanos
53 períodos de sesión

Intensificación de la promoción del fomento de los derechos humanos
 y las libertades fundamentales en particular la cuestión del programa
 y los métodos de trabajo de la comisión

Otros criterios y medios de que ofrece el sistema de las naciones unidas
para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos
y las libertades fundamentales

Estas Directrices serìan la elaboracion o principios que podrían generar un marco internacional para el examen de las consideraciones de derechos humanos, en los planos nacionales, regionales e internacionales, a fin de llegar a un entendimiento más amplio de la compleja relación existente, entre las razones de salud pública y la razones de derechos humanos en relación con el VIH y SIDA.

Conclusiones de la consulta
a) La protección de los derechos humanos es imprescindible para salvaguardar la dignidad humana de las personas con VIH SIDA y para que se dé una respuesta se explicaras de carácter jurídico de las cuestiones que plantea el VIH SIDA.
b) está demostrado que cuando se protegen los derechos humanos menores el número afectados y las personas con VIH y para las personas con VIH SIDA y sus familiares pueden hacer frente mejor a la situación.
c) las obligaciones de las instituciones públicas en realizar una reforma legislativa organizar servicios de apoyo así como fomentar un entorno protector para tu vulnerables al VIH SIDA.

En la consulta se aprobaron las directrices sobre el VIH SIDA y los Derechos Humanos, curso propósito es poner en práctica la normativa internacional de derechos humanos en lo referente al VIH SIDA.
Con este objetivo las Directrices que figuran en el presente informe están divididas en dos partes: en primer lugar, los principios de derechos humanos para dar una respuesta positiva al VIH SIDA y en segundo lugar, las medidas prácticas que los gobiernos deben tomar en lo referente a la legislación, la política administrativa y la práctica para proteger los derechos humanos y alcanzar los objetivos de sanidad frente al VIH.

Directrices:

Primera: Los estados deberían establecer un marco nacional efectivo que permita una actuación coordinada participatorio transparente y responsable que aplique las funciones de política y programa sobre VIH SIDA, de todas las ramas del gobierno. (1997)

Segunda: Mediante apoyo político y financiero los estados deberían procurar que se consulte a las comunidades en todas las bases de la formación de la política y la ejecución y evaluacion de los programas relativos al VIH y SIDA, y que las organizaciones de la comunidad puedan realizar sus actividades con eficacia, sobre todo en materia de ética, legislación y derechos humanos. (1997)

Tercera: Los estados deberían analizar y reformar la legislación sanitaria para que se preste suficiente atención a las cuestiones de salud pública planteadas por el VIH SIDA, y que estas disposiciones concuerdan en con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. (1997)

Cuarta: Los estados deberían reexaminar  y reformar las leyes y los sistemas penitenciarios para que concuerdan con las obligaciones internacionales de derechos humanos y que no se apliquen indebidamente a los casos de VIH SIDA, ni se utilizan contra los grupos vulnerables.(1997)

Quinta: Los estados deberían promulgar o robustecer las leyes que combate la discriminación una que protestan contra la discriminaciónu otras leyes que protegen conta la discrimiancion,  velar por el respeto a la vida privada, la confidencialidad y  la ética en la investigación sobre seres humanos, insistir en la formación y conciliación, y aportar medios administrativos y civiles pronto nos y eficaces. (1997)

Sexta: Los estados deberian adoptar medidas de políticas que regulen los bienes, servicios e información relacionada con el VIH, de modo que al ser suficientes medidas y servicios de prevención, adecuada e información para la prevención y atención a los casos de VIH. (1997)

Septima: Los estados deberían proporcionar y apoyar los servicios de asistencia jurídica, que enseñan sus derechos a las personas con el VIH SIDA, facilitar asistencia jurídica gratuita, para ejercer esos entre el conocimiento de las cuestiones jurídicas que plantea el VIH y utilizar, además de los tribunales, otros medios de protección como los ministerios de justicia defensores cívicos ( obusman), las oficinas de denuncias sanitarias y comisiones de derechos humanos.(1997)

Octava: En la colaboración con la comunidad y por conducto todo de ella, los Estados deberían fomentar un entorno protector y habilitante para las mujeres, los niños u otros grupos vulnerables, combatiendo los prejuicios y desigualdades causantes de esa vulnerabilidad mediante el diálogo con la comunidad, y en especial mediante el servicio social y de salud especial y apoyando los grupos de la comunidad.(1997)

Novena: Los estados deberían fomentar la difusión ampliar y constante de programas creativos de educación, capacitación y comunicación diseñados explícitamente para convertir las actividades de discriminación y estigmatización contra el VIH SIDA en actitudes de comprensión y aceptación.

Decima: Los estados deberían velar por que los sectores públicos y privados generen códigos de conductas sobre las cuestiones del VIH SIDA, que considere tendrá principios de Derechos Humanos en códigos de deotologia profesional,  dotados de procedimientos para aplicar y hacer por cumplir esos codigos.

Undecima: Los estados deberian crear instituciones de vigilancia y aplicacion que garanticen la proteccion de los derechos humanos, en lo que respecta al VIH.

Duodecimo: Los estados deberian cooperar a traves de todos los programas y organismos pertinentes del sistema de de las Naciones Unidas, para intercambiar información, conocimiento y experiencia sobre las cuestiones de los derechos humanos en esta materia y establecer procedimientos eficaces para proteger los derechos humanos de los afectados por el VIH SIDA,  en el plano internacional.

Los estados

A nivel nacional regional y local, los estados deberían establecer instituciones que se encarguen a residir, tramitar o remitir cuestiones, denuncias e información relacionada con las directrices o con las cuestiones de derechos humanos que plantea. Los estados deberían crear centros de coordinación que vigilan el cumplimiento de las directrices por los ministerios correspondientes.

ANEXO I
DIRECTRICES SOBRE EL VIH SIDA Y LOS DERECHOS HUMANOS
PREAMBULO

Las Directrices se destinan principalmente los estados, en la persona de sus legisladores y comunes de políticas, en particular los funcionarios encargados problemas nacionales del SIDA y los departamentos y ministerios competentes, como los de salud, asuntos exteriores, justicia, interior, empleo, bienestar y educación.

LAS OBLIGACIONES INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS  Y EL VIH SIDA

Después de varios años en la lucha contra la epidemia han confirmado que la prosa y protección de los derechos humanos pesos o por esencial para prevenir la trasmisión del VIH y reducir los efectos del VIH SIDA. La promoción de protección de los derechos humanos inmediata para proteger la dignidad de las personas afectadas como para alcanzar los objetivos de las personas, como para alcanzar los ojetivos de salud publica consistente en reducir la vulnerabilidad a la infección del VIH paliar los efectos negativos en los efectos y dotar de medios a las personas y comunidades para responder a la epidemia.

La mejor manera de alcanzar los objetivos de slaud publica es promover la salud para todos, en particular la de los vulnerables a la amenazas a su bienestar fisico, mental o social.

 

Obligaciones y procedimientos de las instituciones

Primera directriz Marco nacional

Los estados deberían establecer un marco nacional efectivo para responder al VIH/SIDA, que permita una actuación participatoria, transparente y responsable que apoye las funciones de política y programas sobre el VIH/SIDA de todas las ramas del gobierno.

En función de las instituciones existentes, la gravedad de la epidemia y las prácticas institucionales, y considerando la necesidad de evitar la duplicación de las funciones, deberían estudiarse las siguientes medidas:

  1. Establecer un comité interministerial que garantice la ejecución integrada y la coordinación a nivel superior de los planes nacionales de acción de cada ministerio, y aplique y supervise las nuevas estrategias contra el VIH/SIDA, que figuran infla. En los sistemas federales también debería establecerse un comité intergubernamental en que estén representados los Estados o provincias y el Estado federal. Los ministerios deberían asegurarse de que la cuestión de los derechos humanos relacionados con el VIH/SIDA figure en todos sus planes y actividades importantes, en particular los siguientes:
  • Educación
  • Interior y justicia, en particular los servicios penitenciarios y la policía
  • Ciencia e Investigación
  • Obras Públicas y Servicios Públicos
  • Bienestar Social, Seguridad Social y Vivienda
  • Inmigración, Poblaciones Indígenas, Relaciones Exteriores y Cooperación para el Desarrollo
  • Salud
  • Tesoro y Hacienda Pública
  • Defensa, en particular las fuerzas armadas.
  1. Mantener, de forma permanente, un centro bien dotado para dar información, debatir las políticas y hacer la reforma legislativa que permita conocer mejor la epidemia y en el que puedan participar todas las corrientes políticas en los ámbitos nacional y regional, por ejemplo, mediante comisiones parlamentarias o legislativas en que estén representados por partidos políticos, grandes y pequeños.
  1. Crear o fortalecer órganos consultivos que asesoren al gobierno sobre las cuestiones jurídicas y éticas, como, por ejemplo, un subcomité jurídico y ético del comité interministerial. Estaría compuesto por representantes del sector público y de distintos sectores profesionales (derecho, educación, ciencia, biomedicina y servicios sociales), grupos religiosos o comunitarios, organizaciones de empleadores y de trabajadores, organizaciones no gubernamentales, organizaciones que prestan servicios en relación con el SIDA, personas designadas o expertos, y personas con el VIH/SIDA.
  1. Concienciar a los jueces, respetando su independencia, de las cuestiones jurídicas, éticas y de derechos humanos que plantean el VIH/SIDA, mediante la formación del personal judicial y la elaboración de material judicial.
  1. Garantizar la permanente interacción de las distintas ramas del gobierno con los grupos temáticos de las Naciones Unidas sobre el VIH y el SIDA y otras organizaciones internacionales y bilaterales interesadas, para que, al combatir la epidemia del VIH/SIDA, el Estado siga aprovechando al máximo la asistencia de la comunidad internacional. Esa interacción debería permitir, entre otras cosas, reforzar la cooperación y asistencia en lo relativo al VIH/SIDA y los derechos humanos.

Observaciones sobre la primera directriz

Para ser eficaces, las medidas contra el VIH/SIDA deben movilizar a los principales dirigentes de todas las ramas del gobierno y abarcar todas las esferas de políticas.


Web de vih-sida mundial

ABOGADOS DE COLOMBIA – http://www.gmabogadoscolombia.com

ACCION SIDA PERU – www.accionensida.org.pe

AGENCIA DE NOTICIAS - http://www.agenciaaids.com.br/site/

AID FOR AIDS  http://www.aidforaids.net/spanish.html

AIDS - http://www.aids-remember-me.eu/

AIDS Foundation - http://www.sfaf.org/espanol

AIDSNYC - http://www.aidsnyc.org/?404=Y

Amigos contra el SIDA, A.C. México - http://www.aids-sida.org/menu.html

Apoyo Positivo - http://www.apoyopositivo.org/

ARDAwww.arda.iwarp.com

ARGENTINA - http://www.argentina.gov.ar/argentina/portal/paginas.dhtml?pagina=102

CDC -  http://www.cdc.gov/spanish/

Chile – Organizaciones - www.vihsida.cl/paginas/ong_chile.html

Euro VIH - http://www.eurohiv.org/reports/index_reports_eng.htm

FEIM - (011)4372-2763 - www.feim.org.ar  

Fipse - http://www.fipse.es/Informe%20discriminacion.pdf

ACCION SIDA PERU -  http://www.accionensida.org.pe/index.php

FORO UNGASSwww.foroungass.wordpress.com/

Fundacion Huesped -  www.huesped.org.ar

Fundacion SPES - (011)4807-3444 - www.fundacionspes.org

Fundamind http://www.fundamind.org.ar/index.php

Global Coaliciono on women and aids www.womenandaids.unaids.org

Hiv In Site  http://chi.ucsf.edu/

InfoRed SIDA - http://www.aidsinfonet.org

Instituto nacional de la Salud - http://www.omhrc.gov/espanol/templates/browse.aspx?lvl=2&lvlid=170

Interactua -
 http://www.actua.org.es

Intercambios - (011) 4954 7272  - www.intercambios.org.ar

INTILLA Asociación Civil - Tel. 47496379

ICASO - http://www.icaso.org/

LACCASO -  www.laccaso.org

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